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Opinión

INCONSISTENCIAS PRACTICAS EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS MANDATOS NORMATIVOS DENTRO DE LAS FUERZAS ARMADAS

Por Juan Manuel Morel Pérez

– SOMOS CIBAO.-Hoy día se debate el tena de la reforma y transformación policial, en todos los sentidos de los cuales el más palpable es el nivel de la transformación educativa, que como ya he dicho, se ha realizado a través de la comisión técnica que está integrada entre otros por los maestros Miuken Sang Beng, Radhames García y Carlos Manuel Estrella y del instituto policial de educación, pero hoy me detengo a analizar un órgano vital para la sociedad de cualquier lugar: Las Fuerzas Armadas que tal y como dice mi comandante héroe nacional ecuatoriano,  General Paco Moncayo Gallegos que “Las Fuerzas Armadas son una institución básica de todo Estado, no importa su forma de organización, su nivel de desarrollo, su modo de gobierno o su tradición histórica y cultural”, es por esto que el sistema de desarrollo nacional, esta vinculado al tema de la defensa, conocemos que en nuestro ministerio de defensa existe una comisión permanente para la reforma de las fuerzas armadas, pero a parte del tema de las relaciones cívico-militares, que realiza el MIDE a través de INSUDE y los planes de acción cívica, no se siente en que se ha modernizado nuestros cuerpos castrenses y que exista un estricto cumplimiento de la ley orgánica..

    La institucionalidad de una nación, se basa entre otras cosas por el sostenimiento del estado constitucional, o sea la supremacía de la constitución en cuanto al estado de derecho, la separación de poderes, la centralidad de la dignidad en las políticas publicas y el respeto a los deberes fundamentales a los derechos solidarios e individuales, pero lastimosamente bajo el predicamento del estado de  sujeción y el “si señor, no señor”, vemos como se conculcan derechos y de cómo la ley orgánica de las fuerzas armadas y su reglamento no se cumplen desde hace más de una década

El primer punto de critica a la ley orgánica de las fuerzas armadas que desde la sociedad, es que “hay mas generales que en China”, si bien es cierto que es un asunto cultural de que todo el mundo quiere un general en este país, no menos cierto es que nuestra legislación pone un tope al generalato y almirantazgo para la cantidad que debe ocuparse dentro de las fuerzas armadas, cuestión que no se cumple ni mucho menos la meritocracia reglamentaria tanto en tiempo como estudios de quien acceden al rango de las estrellas, si para el ascenso existe un hermetismo, el tema de los retiros es mas anti institucional en las fuerzas armadas que en otro órganos, no existe un criterio uniforme, para muestra un botón, como usted me explica que se retire a uno o tres miembros de una promoción y los demás sigan activos o oficiales con más antigüedad se mantengan en las filas, esa discrecionalidad para los ascensos y retiros debe romperse y los criterios para una relación quinquenal debió constar en el “libro blanco” de defensa, recién publicado, al cual le dedicaremos próximamente un análisis.

Es imperdonable que esa ley orgánica -la de las fuerzas armadas sea discriminatoria, contraria a la dignidad humana, la constitución y las convenciones de derechos humanos, esto porque en su Artículo 126 utiliza un término degradante para referirse a las personas que vivimos con un tipo de discapacidad cuando nos califica con el termino  defectos físicos y mentales, amen de que atenta contra la inclusión que el derecho internacional y las normas internas del país mandan, donde ni siquiera en labores administrativas y del centro de enseñanza cívico-militar se cumple con la cuota de participación de las personas con discapacidad.

Entrando al reglamento de la ley, prefiere un tipo de perfil para ser comandante general de la Fuerza Aérea, cuando exige en el artículo  6 párrafo 1 del reglamento En adición al Artículo 33 y 34 de la Ley, para ser Comandante General se requiere ser  Oficial Piloto, poniendo en desventaja a los paracaidistas y técnico, pero esa discrimincion no se cumple –por suerte-

Los tomadores de decisión antes de recomendar los ascenso deberían tratar de hacer cumplir  con los perfiles que el reglamento de la ley obliga para alcanzar al generalato, como maestrías en Seguridad y defensa, el cumplimiento de estos perfiles nos permitirán dejar de ser el único país donde hemos tenido y tenemos generales camareros y choferes.

Así como la descrita la ley orgánica  del Ministerio de defensa, tiene un conjunto de mandato que por la falta de institucionalidad, transparencia y centralidad de la dignidad humana hoy día no se cumplen, de manera concreta la ley no es mala lo que falta es voluntad para que se institucionalice y modernice el Ministerio de Defensa con sus tres fuerzas  acorde a lo que nuestra sociedad exige, como por ejemplo la necesidad de fortalecer los  beneficios que allí se estable como por ejemplo un sueldo por vacaciones,  que se frene la discrecionalidad para los ascensos y retiros, que tengamos una guardia inclusiva, no podemos seguir dejando que nuestros se les traslade sin ninguna consideración ni indemnización económica para acomodar su familia. así de simple, como dice mi maestro el General Silverio.

El autor es : Abogado, Magister en Seguridad y Defensa Nacional, Especialista en Derechos Humanos y Derecho Internacional humanitario, Coordinador del Observatorio de Seguridad y Defensa-RD.